PERÍODO DE PRUEBA
PERÍODO DE PRUEBA LABORAL
El período de prueba laboral en Argentina ha sufrido modificaciones importantes con la reciente actualización legislativa en 2024 específicamente en el PERÍODO DE PRUEBA. La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos ha introducido cambios en el artículo 92 bis de la Ley 20.744, extendiendo y redefiniendo las condiciones bajo las cuales se aplica el contrato a prueba en el país. En infolegal.site te explicaremos en qué consisten estas modificaciones, las nuevas reglas y sus implicancias.
NUEVO PERÍODO DE PRUEBA.
Con la nueva redacción del artículo 92 bis LCT, el período de prueba para los contratos de trabajo por tiempo indeterminado se ha extendido a SEIS MESES. Además, se establece la posibilidad de ampliar este plazo mediante convenciones colectivas de trabajo en ciertos casos:
- Hasta ocho meses para empresas con entre seis y cien empleados.
- Hasta un año para empresas con hasta cinco empleados.
Estas disposiciones buscan proporcionar mayor flexibilidad para pequeñas y medianas empresas, facilitando la evaluación de los trabajadores en el entorno laboral.
PRINCIPALES CAMBIOS
- Extensión del Plazo: La extensión del período de prueba de tres a seis meses marca un cambio significativo. La normativa anterior limitaba este período, mientras que la nueva ley busca brindar a los empleadores más tiempo para evaluar el desempeño de sus empleados.
- Ampliación en Empresas Pequeñas y Medianas: Las convenciones colectivas pueden ampliar el período de prueba hasta ocho meses o un año, según el tamaño de la empresa, lo que representa una novedad en el régimen de contratación.
- Condiciones y Limitaciones:
- No Repetición: Un empleador no puede contratar al mismo trabajador más de una vez bajo un contrato a prueba. Si lo hace, se considerará que ha renunciado al uso del período de prueba.
- Prohibición del Uso Abusivo: La ley sanciona el uso abusivo del período de prueba con fines de evitar la efectivización de trabajadores, como contratar sucesivamente a distintos empleados para el mismo puesto.
CONTRATO A PRUEBA
Durante el período de prueba laboral, tanto el empleado como el empleador deben cumplir con todas las obligaciones laborales, incluyendo el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social. Asimismo, el trabajador tiene derecho a prestaciones por accidentes o enfermedades laborales, y se computará el tiempo de servicio para todos los efectos legales. En relación a las prestaciones por accidentes y enfermedades inculpables le Ley aclara “…que perdurará exclusivamente hasta la finalización del período de prueba si el empleador rescindiere el contrato de trabajo durante ese lapso. Queda excluida la aplicación de lo prescripto en el cuarto párrafo del artículo 212.-”.
BENEFICIOS Y OBLIGACIONES
El artículo 92 bis LCT, también establece los derechos y obligaciones que rigen ya que el período de prueba laboral se paga:
- Registro Obligatorio del Trabajador: El empleador debe registrar al trabajador desde el inicio de la relación laboral. Si no lo hace, se considerará que ha renunciado al uso del período de prueba. Deber dar el alta mediante el código 014 NUEVO PERÍODO DE PRUEBA.
- Derechos Sindicales y Prestaciones Sociales: El trabajador conserva sus derechos sindicales y debe estar cubierto por el sistema de seguridad social, incluyendo las prestaciones por accidente o enfermedad.
PERÍODO A PRUEBA.
¿Qué sucede si el contrato se extingue durante el período de prueba?
Durante los primeros seis meses, cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación laboral sin necesidad de justificar la causa y sin derecho a indemnización por despido.
LCT PERÍODO DE PRUEBA
Conforme LCT, dicho plazo se computará como tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de la seguridad social, es decir en cuanto aportes previsionales.
PERÍODO DE PRUEBA LABORAL 3 MESES
En cuanto al “Período de prueba laboral 3 meses” o “3 meses de prueba laboral”, el mismo ha quedado derogado y el nuevo período de SEIS MESES, conforme Art. 4, Anexo II del Decreto PEN 847/24, será de aplicación a las relaciones laborales iniciadas a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Ley Bases, es decir desde el 9 de julio de 2024.
PERÍODO DE PRUEBA EMPLEADA DOMÉSTICA
En el caso del régimen de servcio doméstico, aplica el Art. 7 Ley 26.844:
- Personal sin retiro: es de treinta (30) días desde el inicio del contrato.
- Personal con retiro: es de quince (15) días, siempre que la relación laboral no exceda los tres (3) meses.
Durante dicho lapso, cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación laboral sin expresar causa y sin derecho a indemnización. Sin embargo, el empleador no podrá utilizar el período de prueba más de una vez con el mismo empleado/a.
CONCLUSIÓN
El nuevo período de prueba en Argentina en 2024 representa una modificación importante en el marco del derecho laboral, especialmente para las pequeñas y medianas empresas. La extensión del plazo y las nuevas disposiciones buscan ofrecer mayor flexibilidad. Esta normativa invita a los actores del sistema a adaptarse a los cambios y cumplir con las nuevas reglas.